Las reformas que se requieren en el tema de corrupción

1. Constitución

Así es actualmente:

No podrán ser candidatos quienes hayan recibido sentencia condenatoria ejecutoriada por los siguientes delitos:

  • Cohecho
  • Enriquecimiento ilícito
  • Peculado

Planteamiento:

No podrán ser candidatos, no podrán contratar con el Estado y perderán sus derechos de participación quienes hayan sido condenados por estos delitos:

  • Peculado
  • Enriquecimiento ilícito
  • Concusión
  • Cohecho
  • Tráfico de influencias
  • Oferta de realizar tráfico de influencias
  • Testaferrismo
  • Lavado de activos
  • Asociación ilícita
  • Delincuencia organizada relacionados con actos de corrupción.

2. Ley Electoral y de Organizaciones Políticas, Código de la Democracia

Así es actualmente:

Están impedidos de ser candidatos quienes tienen sentencia ejecutoria por estos delitos:

  • Cohecho
  • Enriquecimiento ilícito
  • Peculado

Planteamiento:

No podrán ser candidatas o candidatos de elección popular quienes tienen condenadas ejecutorias por estos delitos:

  • Peculado
  • Enriquecimiento ilícito
  • Concusión
  • Cohecho
  • Tráfico de influencias
  • Oferta de realizar tráfico de influencias
  • Testaferrismo
  • Lavado de activos
  • Asociación ilícita
  • Delincuencia organizada relacionados con actos de corrupción.

3. Ley Orgánica del Servicio Público

Así es actualmente:

No pueden desempeñar cargos públicos quienes tienen sentencia condenatoria ejecutoriada por estos delitos:

  • Peculado
  • Cohecho
  • Concusión
  • Enriquecimiento ilícito
  • Quienes hayan sido sentenciados por defraudaciones a las instituciones del Estado.

Planteamiento:

No podrán desempeñar cargos públicos quienes tengan sentencias por:

  • Peculado
  • Enriquecimiento ilícito
  • Concusión
  • Cohecho
  • Tráfico de influencias
  • Oferta de realizar tráfico de influencias
  • Testaferrismo
  • Lavado de activos
  • Asociación ilícita
  • Delincuencia organizada relacionados con actos de corrupción.
  • Quienes hayan sido sentenciados por defraudación al Estado.

4. Código Orgánico Integral Penal (COIP)

Art. 60, numeral 14

Actualmente este artículo tiene 13 numerales


Planteamiento:

Se incluye el numeral 14:

No podrán contratar con el Estado quienes tengan condenas por:

  • Concusión
  • Cohecho
  • Tráfico de influencias
  • Oferta de realizar tráfico de influencias
  • Testaferrismo
  • Lavado de activos
  • Asociación ilícita
  • Delincuencia organizada relacionados con actos de corrupción.

Art. 68

Así es actualmente:

Una vez cumplida la sentencia, las personas pierden derechos de participación por el tiempo fijado en cada delito.


Planteamiento:

Los condenados por los delitos mencionados perderán sus derechos de participación por un lapso de entre 10 y 25 años.

Art. 77

Así es actualmente:

La reparación integral es la solución que objetiva y simbólicamente se entrega al Estado y satisface a la víctima.


Planteamiento:

Los condenados por los delitos citados responderán con sus bienes.

Art. 280

Así es actualmente:

El cohecho es sancionado con cárcel de hasta 7 años.


Planteamiento:

La persona jurídica responsable de este delito será sancionada con la disolución y liquidación y el pago de una multa de 500 a 1 000 salarios.

Art. 285

Así es actualmente:

Este artículo se refiere al tráfico de influencias, sancionado con cárcel de hasta cinco años.


Planteamiento:

Si la responsable es una persona jurídica será sancionada con la disolución y liquidación y el pago de una multa de 500 a 1 000 salarios.

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